viernes, 21 de agosto de 2009

La planeación participativa en Veracruz; el papel del gobierno municipal y la participación ciudadana.

Coloquio Reflexión y crítica a las metodologías empleadas en la elaboración de Programas de Ordenamiento Urbano en General y en Comunidades Suburbanas.


Dra. Beatriz Rodríguez Villafuerte
Facultad de Arquitectura de Córdoba

Ojeada sin premeditación al pasado que demuestra que en estas materias se abordan mil temas porque son sincrónicos, puesto que al ser el urbanismo “el ordenador social por excelencia” es la expresión misma de las condiciones materiales y espirituales de una época.
Le Corbusier



1. Introducción
Hemos presenciado durante los últimos años un interés, fundamentalmente desde la academia, en reflexionar y analizar críticamente las metodologías empleadas hasta el momento en la elaboración de los Programas de Ordenamiento Urbano. Son muchas las propuestas que de este minucioso análisis surgen, sin embargo destacan aquellas que nos llevan a cuestionar ¿cómo pueden abordarse los problemas de los asentamientos rurales, de las comunidades suburbanas e incluso de las zonas indígenas en un marco tan general como el que hasta el momento ofrecen los POU? Debe considerarse adicionalmente que son programas dirigidos a asentamientos cuyas características “urbanas” difieren de manera importante en muchos sentidos, de otras comunidades que se pretende atender. Y no es cuestión solamente semántica o de nomenclatura, encierra una problemática más compleja que alude a la concepción no sólo del programa en particular, sino a la planeación regional en general y a los asentamientos humanos como tema central.

Este trabajo presenta algunas reflexiones en torno a la planeación participativa en el estado de Veracruz, en particular considerando el papel que la propia legislación le concede al gobierno municipal y a la opinión y participación de los ciudadanos, pero que al momento de elaborar los Programas de Ordenamiento Urbano, por diversas razones no son incorporados. Se proponen en consecuencia algunos lineamientos metodológicos que pudieran arrojar luz en el futuro de la planeación urbano-regional en nuestras comunidades y municipios, con un enfoque integral, transdisciplinario e inclusivo, muy diferente al que hasta el momento se ha empleado.

Al abordar el tema de la planeación, debemos reconocer que estamos frente a un problema de poder, es decir, frente al fenómeno de la toma de decisiones sobre el territorio, que a la vez nos remite al análisis de la política urbana y regional y a una reevaluación de las funciones de la planeación de los asentamientos humanos y de las formas de gobernarlos, regirlos y ordenarlos.


2. Fundamentos jurídicos de la planeación participativa.
Se necesita una reforma profunda, una reestructuración general para que (el municipio) deje de ser una simple descentralización por región y se convierta en lo que el Constituyente deseó: la sociedad política primordial, el primer escaño de nuestra democracia, la base y el motor de nuestro federalismo, el gobierno de las pequeñas y medianas comunidades por quienes conocen sus problemas y pueden resolverlos en la forma más adecuada.
Jorge Carpizo, 1985.


Las transformaciones producidas en la vida y en las concepciones políticas durante las dos últimas décadas han echado por tierra la creencia de que la administración local ha de concentrarse sólo en hacer llegar la acción del Estado –con mayor o menor margen de autonomía en la gestión- a los espacios territorial y/o políticamente periféricos. Hasta entrados los años setenta, los politólogos solían atribuir a la política local un carácter residual, propio de ámbitos poco significativos para el poder político y sólo los enfoques procedentes del mundo anglosajón y su área de influencia, advertían la importancia de la dimensión gubernamental en la esfera local (Alba, Vanaclocha, 1997:9).

Debemos considerar, como bien lo apunta Massolo (2003) que el espacio local está indisolublemente ligado a un territorio, contiene un sistema de relaciones sociales, y se concibe como una escala subnacional determinada por la división político-administrativa del Estado-Nación; es la unidad territorial de menor desagregación generalmente asociada en América Latina a alguna forma de arreglo institucional de gobierno local (municipio, comuna, parroquias, etc.). Sin embargo, hay que reconocer que en realidad “lo local”, como dice Sergio Boisier, sólo tiene sentido cuando se lo mira “desde afuera y desde arriba”; así las regiones constituyen espacios locales mirados desde el país, como la provincia es local desde la región y la comuna lo es desde la provincia. Y también el barrio, el vecindario, los conjuntos habitacionales en las ciudades representan espacios locales donde transcurre la vida cotidiana, se conforma el tejido social y se realizan experiencias de participación ciudadana. Se puede afirmar, en consecuencia, que existe una diversidad de espacios locales que contienen la diversidad de sus sociedades locales.

Para el caso que nos ocupa, esos espacios locales están representados por comunidades, por asentamientos que deben ser identificados y definidos con precisión para que pueda hablarse de planeación y ordenamiento territorial.

La gestión de un municipio involucra una gran cantidad de factores, más allá de los meramente administrativos e implica la consideración de una serie de aspectos de carácter jurídico, financiero, político y social que la facilitan u obstaculizan. En los años recientes el énfasis se ha puesto en buscar una planeación a través de la cual las acciones gubernamentales en los espacios federal, estatal y municipal, respondan con mayor rigor a las necesidades reales de su población. Por ello me interesa destacar algunos de los principales aspectos de la gestión municipal en los que debería estar presente la ciudadanía.

En nuestro país existen formas institucionalizadas de participación ciudadana reconocidas en las legislaciones federal, estatal y municipal, sin embargo su eficacia aún es limitada y las prácticas burocráticas y autoritarias obstaculizan su plena operación. Por ello los espacios institucionales de participación se convierten más en instancias de colaboración, de corresponsabilidad en la gestión, que en escenarios para la toma de decisiones en donde los ciudadanos tengan una participación destacada.

En el artículo 26 de la Constitución Federal se estipula que el Estado debe organizar el sistema de planeación democrática, constituida por un conjunto de programas que se establecen entre diversas dependencias y niveles de gobierno y las agrupaciones e individuos de la sociedad; dichas relaciones se conforman según los principios básicos que establece la Ley de Planeación. Desde 1983, el Capitulo Tercero de dicha Ley habla de la participación social en la planeación y en su artículo 20 prevé la participación y consulta a los diversos grupos sociales en la elaboración, actualización y ejecución del plan y los programas.

A partir de las reformas constitucionales de 1983 y 1999 los ayuntamientos han ampliado su campo de acción, tienen ahora una mayor competencia en la elaboración de políticas públicas que les permiten hacer frente a la gama cada vez más extensa de problemas que les afectan.

En la reforma constitucional de 1999 se contempla de manera importante un impulso a la participación ciudadana y vecinal, con la intención de que ésta se convierta en una participación que coadyuve a asegurar tanto la legitimidad de las decisiones como la gobernabilidad en los espacios municipales. Se buscó con ello que sean los gobiernos locales los que creen las condiciones para la existencia de espacios de participación ciudadana e instrumentos que permitan hacerla más efectiva, considerando que la participación ciudadana es “un componente esencial de la democracia, como forma de organización social y de gobierno” (Gadsden, 2002:176).
Se modificó asimismo la fracción V del artículo 115 constitucional, ampliando las facultades del municipio en relación a las materias de desarrollo urbano, ecología y planeación regional. En el inciso c) de dicha fracción se le otorgó la facultad de formular planes de desarrollo regional; en el inciso d) se le permitió manejar y controlar el uso del suelo y en el inciso g) se estableció que el municipio podría participar no sólo en la creación y administración de zonas de reserva ecológica, sino también en la elaboración y aplicación de programa de ordenamiento en la materia (Martí, 2003; Valencia, 2001).

La creación de procedimientos de participación ciudadana y vecinal, en particular los incluidos en la reforma de 1999, se consideran importantes en el desarrollo democrático de la sociedad mexicana, puesto que las leyes locales en materia municipal pueden fijar un marco referencial para que los municipios determinen reglas que atiendan a sus peculiares características.

Pero estas reformas y modificaciones en el marco legislativo no son suficientes; aunado a ellas es urgente establecer una serie de medidas y acciones que, en el corto plazo, permitan tener una ciudadanía mas informada y consciente de la importancia de su participación, así como gobiernos verdaderamente comprometidos con esta postura, dispuestos a establecer en la realidad los elementos que la faciliten y a ser evaluados de manera consistente y periódica por la ciudadanía.

La planeación, en el contexto del proceso de cambios que vive México, pretende ser democrática; sin embargo, ¿cómo lograr una planeación democrática que no sea por decreto sino que tenga una real presencia en la vida cotidiana de los espacios locales y sus ciudadanos?

La planeación urbana no debe ser vista sólo como un conjunto de instrumentos diseñados para resolver técnicamente problemas específicos de una sociedad en un momento determinado; sino que debe expresar la forma en la cual una sociedad está dispuesta a enfrentar los problemas y a actuar para resolverlos. El punto medular estriba en conocerlos, analizarlos y proponer soluciones especificas surgidas del compromiso ciudadano por asumir una responsabilidad compartida con el gobierno local, con la construcción de su territorio y con las relaciones que en él se desarrollan.

Debemos reconocer que las decisiones políticas han contribuido en gran medida a una desordenada distribución espacial de las actividades económicas y de la población en el territorio que nos lleva a cuestionar la forma como se abordan desde la planeación urbana, los fenómenos del crecimiento de las ciudades y de su población. Las exigencias crecientes de los diversos sectores de la ciudadanía, ejercen demandas que dificultan la tarea de gobernar y de tomar decisiones.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el Artículo 26 dispone la planeación democrática de la acción gubernamental, como el fundamento legal que vincula a los ciudadanos con el gobierno. De esta forma, el marco legal establece una línea de continuidad entre el ejercicio de gobierno y los ciudadanos.

Las disposiciones de este artículo han sido replicadas por las constituciones de los estados, las cuales lo han hecho extensivo a los ayuntamientos. Así, la planeación del desarrollo, que es una de las funciones obligatorias de los ayuntamientos (por lo menos establecida jurídicamente), es también uno de los momentos más relevantes de su interacción con los ciudadanos; sus instrumentos y sus tiempos, pueden ser el eje para ejemplificar o promover el encuentro del ciudadano con la gestión pública. Y los programas de ordenamiento urbano no son la excepción.

A través de la planeación democrática se definen los objetivos, metas y prioridades sociales de la gestión pública. El espíritu de la planeación es que la acción de gobierno quede plenamente ordenada y programada; debe establecer una consistencia entre objetivos y recursos, y además retomar las prioridades reconocidas por la sociedad. En este sentido, la planeación es una expresión decisiva de la voluntad ciudadana traducida a instituciones y a las actividades de éstas, nominalmente por lo menos. Pero estamos aún lejos de que este espíritu de la planeación sea real, ha quedado como letra muerta en la mayoría de los discursos oficiales y en las reglamentos que la deben regular.

Si bien la normatividad relativa a la participación ciudadana queda asentada en la Ley General de Asentamientos Humanos, que en su Artículo 48 establece que la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios “promoverán acciones concertadas entre los sectores: público, privado y social, que propicien la participación social en la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población,” dista mucho aún de ser llevada a la práctica.

La Ley de Desarrollo Regional y Urbano del Estado de Veracruz-Llave, en su artículo 8º, señala que la participación ciudadana se concibe como una forma coadyuvante de la Administración Pública que deberá promoverse de manera esencial para la consulta, propuestas, elaboración de programas, aportaciones de mano de obra, de recursos materiales y económicos, así como en la ejecución y vigilancia de las acciones de desarrollo regional y urbano previstas en dicha ley. Si bien menciona como forma de participación ciudadana únicamente a los Consejos Consultivos en la materia, en su artículo 9º también brinda la posibilidad de participar a través de la creación de comités u organizaciones análogas, abriendo múltiples posibilidades para participar como ciudadano.


Asimismo, el 30 de agosto de 2002 se crea el Consejo Consultivo para el Desarrollo Urbano del Estado de Veracruz-Llave, que es el órgano auxiliar de asesoría, consulta y participación ciudadana, a nivel estatal, de zona conurbada o municipal, el cual busca definir, jerarquizar y evaluar los programas y acciones de desarrollo urbano y regional, como un mecanismo que coadyuva a la búsqueda de soluciones que aseguren un adecuado desarrollo. Para ello se requiere una participación más activa y directa de la sociedad, así como de las organizaciones civiles, para que actúen como consultores calificados en la asesoría de los programas y políticas gubernamentales. Una de sus principales funciones será la de promover la participación ciudadana en el ordenamiento territorial y el desarrollo urbano de la entidad, en los términos que establezca la Ley de Desarrollo Regional y Urbano.

Para Veracruz, enero de 2007 marca la fecha de publicación de la Ley de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda y con ello el surgimiento del Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano Regional Y Vivienda (INVIVIENDA), dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del estado; para mayo del mismo año se publica el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, creando la figura de “perito especializado en Desarrollo Urbano y Regional”. Si bien con esta figura del “perito urbano” se atiende una parte importante de la consultoría calificada, queda pendiente aún la forma en que la sociedad, los vecinos, los directamente afectados con cualquier decisión, pueden incorporar sus demandas, problemas y necesidades específicas de manera que tengan una incidencia en el ordenamiento territorial y el desarrollo de su espacio más inmediato.

Los planes de desarrollo, junto con los mecanismos de consulta pública, son los instrumentos de planeación en sus diferentes niveles: municipales, estatales y sectoriales. Los órganos responsables de realizar el plan de desarrollo en el caso estatal son los COPLADE (Comités de Planeación del Desarrollo) y en el municipal los COPLADEM o COPLADEMUN (Comités de Planeación del Desarrollo Municipal) . La integración de los ciudadanos o de sus representaciones en dichos órganos les permite participar en la elaboración del plan, además de vigilar su ejecución y evaluación. Esto nominalmente está contemplado en la legislación; sin embargo, son pocos los ciudadanos que conocen la existencia de los COPLADE Y COPLADEMUN; al desconocerlos resulta difícil que puedan involucrarse o integrarse a ellos y quienes son convocados, no siempre tienen los conocimientos o información para elaborar propuestas y presentarlas. Por lo tanto, resulta difícil que intervengan en su elaboración y por supuesto en su seguimiento y evaluación.

Estas son, entre otras, algunas de las causas por las cuales diversos intentos por establecer mecanismos de planeación participativa no hayan cristalizado. En todo caso, debemos reconocer que el marco constitucional, su ampliación y especificación en las leyes locales y sectoriales es favorable a su impulso y por lo menos su vigencia jurídica permite a los ciudadanos la posibilidad de colaborar con la administración municipal. No obstante, es necesario buscar nuevas formas no sólo para difundir esas leyes sino para que los ciudadanos realmente colaboren y participen en la transformación de su propio espacio. Sobre todo cuando se trata de comunidades con características diferentes a la urbana, poblaciones rurales, semiurbanas o indígenas, cuyas condiciones de vida los vuelve quizás más vulnerables y por la misma razón debieran ser considerados con parámetros y metodologías muy diferentes.


4. Fundamentos Metodológicos
Como punto de partida, se concibe que la construcción de las ideas sobre los modos de habitar es parte de un proceso social, en el cual las determinaciones fundamentales las toman los sujetos mismos a través de su participación en las decisiones cotidianas individuales y colectivas. Este principio ha dado pie a diversas manifestaciones que han sido catalogadas genéricamente como diseño participativo.
Gustavo Romero


La evolución del fenómeno urbano está presente a través de sus rupturas y continuidades, en los distintos momentos de la evolución del hombre, entendido en su esencia gregaria, parece mostrarse una voluntad organizativa que toma cuerpo en instituciones, símbolos y formas de conducta social que sólo son posibles en esa forma específica de la asociación humana conocida como ciudad.

Sin embargo, cuando debemos atender aquellas formas de asociación que se traducen en asentamientos fuera de las ciudades, en espacios rurales, en condiciones geográficas y topográficas inhóspitas y difíciles para el desarrollo de las actividades y con el ingrediente adicional de ser individuos y familias de escasos recursos, con ingresos por debajo del salario mínimo si es que tienen ingresos, enfrentamos entonces un problema mucho más complejo.

Durante muchos años y en la tradición más clásica de la planeación urbana, podríamos afirmar que los planes, programas y propuestas sobre el espacio, sobre el territorio, venían desde Le Corbusier y sus Principios del Urbanismo, cuando en “La Carta de Atenas” valora los esfuerzos de los CIAM (Congresos Internacionales de Arquitectura Moderna) que desde 1928 habían reunido unas energías hasta entonces dispersas, celebrando sus asambleas en diferentes ciudades de Europa, con una preocupación muy válida en su momento, que lo llevó a afirmar: “La ciudad no es más que una parte del conjunto económico, social y político que constituye la región (…) Estas constantes psicológicas y biológicas experimentarán la influencia del medio: situación geográfica, topográfica, situación económica, y situación política (…) Las razones que presiden el desarrollo de las ciudades están, pues, sometidas a cambios continuos.” Ciertas circunstancias particulares han determinado los caracteres de la ciudad a lo largo de la historia (…) Posteriormente los enfoques interdisciplinarios en donde la sociología urbana, la geografía, el urbanismo, con autores como Lojkine, Topalov, Levebre, Singer, hablaban del derecho a la ciudad, de la economía política de la urbanización, se analizaba el proceso de lo rural a lo urbano, etc.

Pero en el momento que la planeación debe atender otros espacios que no son las metrópolis, que no son los territorios urbanos, otro debe ser el enfoque y otra la manera de abordarlos, conceptual y metodológicamente. En los años recientes, se han desarrollado diversas herramientas técnicas para planificar y ordenar el territorio, una de ellas son precisamente los Planes de Ordenamiento Territorial, que buscan integrar la planificación física y socioeconómica, incorporando acciones con respeto ambiental. Entre los indicadores que incluyen estos planes están los demográficos, los socioeconómicos, los relativos a los fenómenos meteorológicos y tectónicos como lluvias, sequías y derrumbes, identificando a la población vulnerable o en riesgo. Pero están aún lejos de considerar las características particulares de poblaciones y grupos étnicos, de grupos indígenas.

Me gustaría introducir adicionalmente un elemento más que resulta insoslayable en estas reflexiones críticas en torno a las metodologías asociadas a la planeación, y es el considerar el entorno construido a la manera de Rapoport , como sinónimo del concepto de paisaje cultural desarrollado por los geógrafos, como cualquier modificación humana a la faz de la tierra, “(…) desde construir fogones a ciudades”. Lo que aplica al tema que nos ocupa en el sentido de que el ser humano a través del tiempo ha modificado constantemente el paisaje natural, sin embargo al ser regulada y legislada esta intervención del hombre por parte de un aparato jurídico, genera una serie de problemas ante la dificultad de generalizar la concepción de los espacios y territorios. Éstos deben ser analizados de manera particular para conocer y recuperar los orígenes y características del asentamiento a partir de su organización económica, política, social, cultural, que evidentemente se refleja en la forma de apropiación y definición de un territorio. Las metodologías aplicadas hasta el momento y los enfoques y aproximaciones conceptuales con las que se mira a los territorios deben ser revisadas. En especial aquellas que nos remiten a espacios no urbanos pero que sin embargo son tratados, analizados y planeados con una óptica cuyos fundamentos nacen de entornos y organizaciones espaciales urbanas.

De esa manera el diseño comunitario, o la arquitectura social se convierten en una actitud y una fuerza para el cambio en la creación y gestión de ambientes, de entornos construidos en donde las personas son lo más importante. Su fuerza descansa en ser un movimiento que atraviesa las tradicionales fronteras profesionales. Parte del principio que el entorno construido, el ambiente y los diferentes espacios, funcionan mejor si los individuos afectados por sus cambios están involucrados en lugar de ser tratados como consumidores pasivos.

Sin embargo, la participación comunitaria no es una panacea ni la única solución para el cambio social, debe ser analizada, estudiada, a través de la teoría y la práctica para convertirse en un aspecto integral de la democracia. Para Sanoff, la participación significa la colaboración de personas en la consecución de objetivos que ellos mismos han definido. El diseño participativo, los procesos y las técnicas que propone, se basan en el principio de involucrar a los actores locales en el desarrollo social, la participación implica el trabajo colectivo de varias personas tanto en la determinación de los objetivos como en la definición de los caminos para llegar a ellos.

En este sentido, la participación implica el encuentro de, al menos, dos conocimientos, dos formas de aprehensión de la realidad: por un lado, el técnico que aporta información especializada desde el campo constructivo, espacial, jurídico, normativo y económico; por otro, el ciudadano, el vecino, el usuario, que aporta información en torno a sus necesidades, expectativas y posibilidades.


5. Propuestas y alternativas en el contexto de la planeación participativa.
La participación en los asuntos públicos locales es la mejor escuela de democracia y el mejor medio para construir ciudadanía porque, a través de ella el individuo comprende prácticamente sus derechos y responsabilidades, se familiariza con las reglas del juego democrático y cultiva así el respeto a las instituciones que él ha contribuido a crear.
Alexis de Tocqueville. (1835)


En nuestro país cada inicio de trienio se elaboran los Planes Municipales de Desarrollo, basados en un diagnóstico y estadísticas de la población, de sus recursos naturales, económicos, financieros. Pero en la mayoría de las ocasiones quedan solo en una descripción del municipio y la región sin involucrar a la población, y los planes y programas difícilmente se llevan a cabo. Es preciso conocer mejor a la población, mas allá de la estadística y las cifras, saber no solo cuántos son, sino quienes son, cómo son, qué piensan, qué necesitan, a qué aspiran como ciudadanos, qué esperan de la autoridad, y qué desean para su comunidad. Sólo de esa manera se podrán encontrar los elementos para lograr una continuidad en las acciones, si están apoyadas, soportadas y avaladas por los ciudadanos, por la comunidad.

Existe un desconocimiento absoluto por parte de los ciudadanos en relación a quién deben dirigirse las peticiones, y de las diversas instancias ante las cuales se puede y se debe acudir; muchas veces se ignora que el gobierno municipal no es la única entidad administrativa o de gestión para resolver conflictos cotidianos entre vecinos o para atender demandas derivadas de las múltiples carencias que existen en zonas rurales y suburbanas.

Para que pueda efectivamente iniciarse un cambio, se requiere romper con el esquema paternalista, modificar esa actitud de la población de esperar, de extender la mano para que el gobierno le dé. Es necesario que se adopte otra actitud y el ciudadano aprenda no solo a construir su demanda, sino a estructurar su participación de modo que contribuya positivamente en la construcción de su entorno, de su comunidad.
Se ha escrito mucho y se han propuesto gran cantidad de alternativas para planear y ordenar el territorio, pero se ha dejado desatendida la parte medular de cualquier plan que busque organizar a los hombres, sus actividades y sus espacios. Hay una serie de elementos que deben ser considerados si se pretende consolidar la Participación Ciudadana en un proceso de Planeación Participativa. Entre ellos están:

1. EDUCACIÓN. Un elemento fundamental en este proceso es la educación tanto del ciudadano como de las autoridades, para ello se propone iniciar las acciones tendientes a formar la Escuela de Participación Ciudadana Municipal, Local o Comunitaria. Deberá trabajar conjuntamente con los funcionarios, los académicos y los ciudadanos. Se deben planear, de acuerdo a las necesidades, proyectos y programas a desarrollar en cada comunidad, los cursos necesarios para que todos los interesados cuenten con la información y capacitación mínima para opinar e intervenir en un proceso de planeación participativa. Al mismo tiempo se trabajará con los municipios vecinos, colindantes, territorial y organizativamente, de modo que los programas tengan también un impacto regional. Entre sus acciones específicas estarían:

1.1.Que a través de la Escuela de Participación Ciudadana se difundan, expliquen y discutan las principales leyes, normas y reglamentos que regulan la vida municipal, para que el ciudadano, incluso el de menor escolaridad pueda involucrarse.
1.2.Que a través de la Escuela de Participación Ciudadana se elabore y edite con el apoyo de los académicos, de profesionistas de las diferentes disciplinas una serie de Guías, Notas, o Apuntes sobre temas diversos que ayuden a la difusión y capacitación en temas como: glosario de términos urbanos, de planeación, normatividad y reglamentaciones estatales y municipales, entre otros.
1.3.Se den a conocer y se difundan, explicándolos de manera accesible, tanto por escrito como en pláticas y cursos, los planes y programas nacionales, estatales y locales, que afectan y repercuten en el espacio municipal.
1.4.Se ofrezca capacitación específica, tanto a los funcionarios como a la ciudadanía, con el apoyo de diversas instancias como la Universidad Veracruzana.

2.CAPACITACIÓN Y ASESORÍA A LA CIUDADANÍA Y A LOS FUNCIONARIOS MUNICIPALES EN TEMAS COMO:
2.1. Participación ciudadana y Gestión local.
2.2. Formas de participación ciudadana.
2.3. Planeación participativa.
2.4. Glosario de términos de urbanos y de planeación
2.5. Estructura de los gobiernos locales, sus integrantes y sus funciones.

3. En términos de INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN:
Establecer canales neutrales y efectivos de comunicación tanto al interior del ayuntamiento, entre sus integrantes, como con la ciudadanía, que permitan una comunicación fluida, veraz, constante, inmediata.
3.1. Elaborar un Boletín de Información Municipal o Comunal. Ayudaría a la ciudadanía a estar informada de las actividades, acciones y decisiones del Ayuntamiento sobre el espacio y territorio en el que ellos habitan. Daría cuenta de la gestión municipal, pero sobre todo permitiría difundir y dar a conocer con anticipación las gestiones a desarrollar, los programas y obras que se piensa llevar a cabo, de tal forma que los ciudadanos los conozcan y puedan dar sus opiniones y comentarios.
3.2. El Boletín contendría de manera clara y sencilla, un análisis de las diversas propuestas y acciones realizadas por el Ayuntamiento y la Comunidad; así como propuestas de mejoramiento; escritos y opiniones de los ciudadanos y de la sociedad en general, en torno a los problemas más relevantes en la localidad.
3.3. A partir de los resultados de esta evaluación y análisis, los académicos y la Universidad harían algunas recomendaciones básicas que garanticen la pluralidad informativa y la representatividad política y social de cada municipio y su comunidad.
3.4. Tendría una sección sobre la historia local del municipio para informar, enriquecer y fomentar la identidad local.
3.5. Podría integrarse un Consejo Editorial como órgano asesor de los contenidos generales del Boletín, dicho Consejo estará constituido por representantes de organizaciones sociales, comunales, y académicos, que reflejen la diversidad de opiniones ciudadanas que existe en el municipio.
3.6. Debe vigilarse con sumo cuidado que este Boletín no se utilice para beneficio de ningún partido en especial, que no sea privativo de ninguna tendencia política, sino que exprese la pluralidad de la comunidad.
3.7. Aprovechar el apoyo y asesoría que la Universidad Veracruzana , pueda brindar a cada ayuntamiento, para supervisar, desde una perspectiva académica, la elaboración de los boletines municipales con la finalidad de describir y realizar una valoración de los contenidos que garantice una pluralidad en el seno de los ayuntamientos.


4.CREAR MECANISMOS DE COOPERACIÓN, APOYO Y AYUDA INTERMUNICIPAL.
Es evidente que desde hace tiempo en muchas regiones del país se ha pugnado por que las relaciones entre los ayuntamientos contribuyan a un mayor y más eficiente desarrollo no solo de los municipios sino de la región en la que se ubican. Sin embargo, hasta el momento prevalece el destinar recursos, participaciones, aportaciones que favorezcan a un municipio y su administración, olvidando que si se actúa de forma colectiva y organizada, los beneficios pueden ser mayores y distribuirse mas equitativamente.

En un marco de respeto y colaboración entre los alcaldes, deben buscarse los conocimientos, habilidades y recursos que les permitan tener una mayor articulación de decisiones y la concertación de esfuerzos en beneficio de una ciudadanía cada vez más amplia. Existen obras de infraestructura para el desarrollo social, escuelas, hospitales, centros culturales, deportivos y obras urbanas, que si se planean y proyectan con la mira de un impacto regional, tienen mayores oportunidades de éxito.
Ello desde luego implica que deben aprenderse nuevas modalidades de interacción entre ciudadanos y autoridades, y de manera fundamental, entre los actores políticos del proceso, en una vinculación que no es ajena al conflicto y los intereses particulares, pero debemos comprometernos con un desarrollo diferente, compartido, participativo, en el que juntos autoridades y ciudadanos de municipios vecinos se ayuden y colaboren en ese crecimiento colectivo.

5. En consecuencia ofrecer medios efectivos para participar en:
5.1. la elaboración de proyectos
5.2. la ejecución de los programas
5.3. la toma de decisiones.

6. DIÁLOGO y ACCIÓN. Debe propugnarse por un gobierno dialogante que construya un lenguaje claro y directo para establecer un canal de comunicación abierto y permanente con la ciudadanía. De forma tal que los ciudadanos sepan cómo, dónde, para qué, por qué y en qué participarán. Diseñar, desarrollar, e iniciar de manera conjunta gobierno y población las acciones tendientes a la PLANEACIÓN PARTICIPATIVA. Se debe involucrar y comprometer a la ciudadanía de otra forma, con otros mecanismos y acciones que haga surgir una iniciativa desde las bases para trabajar en coordinación autoridades y ciudadanos, gobiernos locales y vecinos, comunidades y autoridades comunales.

6. Reflexiones Finales
Definir los trabajos de la tribu. Decidir realizarlos para el bien común. La tribu se lanza al trabajo para prevenir la inundación o reparar los daños. De ello puede resultar una obligación de trabajar. La tribu consagra la realización de los trabajos por medio de una fiesta y reposa.
Le Corbusier


En México, y en el estado de Veracruz, existen diferentes niveles, instancias y dependencias encargadas de la planeación, que al descender al nivel local, la mayoría de las veces en lugar de agilizar y favorecer, complejizan y dificultan la organización de los espacios y las personas. Si a ello se añade la escasa tradición y cultura de participación, nos encontramos entonces con escenarios plenos de necesidades pero con ciudadanos que aun esperan la acción paternalista de un Estado, que los acostumbró a esa dependencia y a tomar la iniciativa cuando la cotidiana falta de servicios de infraestructura, vivienda, educación, salud, etc. se vuelve insostenible o en casos extremos cuando se enfrentan a desastres naturales.

Debemos considerar la pobreza en la que vive un importante número de familias de nuestra población, que obedece a otra serie de factores estructurales, de carácter socioeconómico, y que influye de manera importante como un factor que impide muchas veces involucrarse en una acción ciudadana cuando la sobrevivencia cotidiana marca los ritmos de su existencia. En nuestro país la historia de los movimientos sociales se ha construido precisamente a partir de familias y ciudadanos, que desde la precariedad se organizan para intentar buscar soluciones al hambre, a la miseria, al desempleo, a la falta de una vivienda, de un techo, de los servicios más elementales.

En general en los espacios urbanos de nuestro país, el ciudadano espera a que lo llamen, a que lo convoquen, existen, es cierto algunos individuos que toman la iniciativa, que organizan, que son líderes, pero en su mayoría a los mexicanos nos gusta que nos digan qué hacer, a dónde ir, cómo llegar. Debemos rescatar la sabiduría de nuestros antepasados y volver al trabajo comunitario, al tequio, tenemos que reaprender y volver a tomar la responsabilidad de nuestro entorno, -calle, barrio, colonia, pueblo, ciudad, comunidad- en nuestras manos, hacerlo nuestro, como un proyecto propio.

Por ello debe partirse de la iniciativa ciudadana, mas que de programas diseñados y enviados verticalmente desde el centro de la federación o del estado, debe –soportado en la reforma de 1999 al Art. 115 Constitucional - apoyarse al ciudadano y sus ayuntamientos y municipios a tener el rol protagónico que deben jugar, como individuos comprometidos con su entorno, como ciudadanos responsables y conscientes.
Más de setenta años de planeación en el país dejan ver que hemos andado el camino incorrecto, los rezagos y deficiencias no solo en la atención y prestación de servicios, sino en general en el hacer espacios más habitables lo demuestran. Un elemento que ha sido dejada de lado en todo este proceso es precisamente el ciudadano, se le toma como una variable más cuando en realidad es la pieza fundamental de la renovación, rescate y mantenimiento de los espacios locales. Sean estos una gran ciudad o una pequeña congregación.

El principio rector de cualquier trabajo que involucre a los ciudadanos y sus autoridades debe partir del consenso, aunado a la colaboración y la asociación entre el gobierno local, los residentes, las asociaciones vecinales, las distintas organizaciones sociales, que contribuyan a identificar las necesidades de la colectividad. La cooperación social es hoy una necesidad básica para afrontar problemáticas nuevas por su naturaleza o por su intensidad.
Resulta imprescindible en consecuencia:

1. Revisar los fundamentos y principios que rigen la relación entre la acción pública y el desarrollo regional desde un enfoque interdisciplinario.
2. Revisar y redefinir el marco teórico y metodológico para analizar la planeación regional, local y participativa.
3. Definir para contextos locales específicos los diagnósticos que permitan elaborar as agendas, los sistemas de gestión y la planeación desde los gobiernos locales integrando la participación de actores locales clave.
Y a partir de ahí:
a) Definir una nueva aproximación a la planeación participativa y al desarrollo comunitario en áreas y temas estratégicos.
b) Diseñar cuidadosamente los planes de acción prioritarios, de acuerdo al marco legal y de planeación vigentes, pero sobre todo a partir de las demandas específicas de los ciudadanos.
c) Construir canales institucionales para la definición y gestión de las políticas públicas.
d) Capacitar e informar al ciudadano para que su participación sea consciente, conocedora de las normas, regulaciones, posibilidades de su entorno y de las reglas de funcionamiento de la administración municipal y del Ayuntamiento con el que debe colaborar.
e) Integrar sus voces al diseño participativo, a la planeación más eficiente de recursos, población y ambiente en un determinado territorio.
f) Identificar espacios estratégicos en los que se pretenda llevar a cabo las acciones definidas conjuntamente.
g) Identificar comunidades participativas y líderes que contribuyan a agilizar el proceso de planeación participativa, respetando la identidad y subjetividad de los actores involucrados y sus comunidades.
h) Considerar la pluralidad cultural, étnica, de género, de edades y generaciones, que existen en cada lugar.
i) Empezar a desarrollarlos y dar los pasos necesarios para iniciar dicha planeación participativa.

Esta propuesta busca concentrar recursos materiales y humanos en las áreas prioritarias identificadas conjuntamente con el gobierno local (sea éste comunal, ejidal, etc.) respetando las diferencias de organización y jerarquías culturales, étnicas e indígenas y los ciudadanos (la comunidad), con la intención de maximizar el impacto y la efectividad de los programas comunitarios.

1. Primero debe convocarse a la comunidad para diseñar, elaborar y preparar un Plan Participativo Vecinal o Comunal que articule una visión compartida entre los habitantes acerca del futuro de su colonia, manzana, barrio, pueblo, comunidad, que represente el consenso de los residentes de cómo lograr ese objetivo, e identifique los roles y las responsabilidades para lograr las mejoras deseadas.
2. La segunda etapa consiste en desarrollar dicho plan, basados en el apoyo del trabajo compartido, en el que cada uno desempeña la responsabilidad y el compromiso asumidos colectiva e individualmente.
3. Por último, se establece un programa de evaluación para medir el impacto de dichas mejoras en la colonia, manzana, barrio, pueblo, comunidad y entre los vecinos.
4. Gestionar los recursos necesarios para llevarlo a cabo.


Termino con una reflexión de Le Corbusier, quien nos habla de cómo “las ciudades nacieron, fueron creciendo con el paso del tiempo; sufrieron los asaltos de la vida. Una evolución más o menos serena o brusca, según la repercusión de los diferentes inventos. Velocidades de 4 km-hora: el paso del hombre, del buey, del caballo o del asno. En esas obras que se mantienen tan cerca de los cuerpos y de las voluntades humanas persiste, engastada, una auténtica armonía”….que es la que en última instancia debemos buscar, armonizar a través de la planeación participativa, volver a la armonía original, recuperar el sentido que tuvieron desde siempre los asentamientos humanos.

Contribuciones preparatorias para integrarse en el texto: "Experiencias de planeación y desarrollo urbano" a publicarse durante 2009 por la Red de Investigación en Desarrollo y Planeación Urbana, de la Universidad Veracruzana.



Bibliografía.
Le Corbusier. A propósito del urbanismo.1980. pp.13
Publicada el 5 de enero de 1983, señala las normas y principios para llevar a efecto la planeación del desarrollo.
De acuerdo a lo que señalan juristas como Fernández Ruíz, Pérez López, Núñez Mercado y Valencia Carmona (1999), sólo de esa manera se pueden hacer efectivas las fórmulas de democracia participativa (directas, semidirectas o representativas), siempre dentro del esquema democrático que impone la ley fundamental (artículos 39-41 y 115).

IFE. http://www.iglom.iteso.mx/html/lectura/eslabones/eslabon4n.htm
Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz-Llave. Xalapa-Enríquez, Ver, 30 de Agosto de 2002.
Con la firma de un Convenio de Desarrollo entre el Gobierno Federal y los Gobiernos de los Estados, con vigencia de un ejercicio fiscal renovable anualmente, se instituye el Comité de Planeación para el Desarrollo de los Estados (COPLADE) y los Comités de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEMUN) que están previstos como los órganos fundamentales para la operación y el desarrollo del Fondo para la infraestructura social municipal previsto en el artículo 35 de la Ley de Coordinación Fiscal.
Romero, Gustavo. La participación en el diseño urbano y arquitectónico en la producción social del hábitat. 2004:56
Lezama, José Luis. Teoría Social, Espacio y Ciudad.1993:31
Le Corbusier, Principios de Urbanismo.1981:6.
Le Corbusier, Ibidem, 1981:21-31.
Rapoport Amos, 1986:164.
Lawrence y Low 1990: 453.
En el sentido de no privilegiar o favorecer a tendencia partidista alguna.
La experiencia en trabajos de planeación participativa, confirma la percepción que se tiene de la Universidad -entidad académica dedicada a la enseñanza, a la investigación científica y a su difusión- como un espacio que no privilegia los intereses particulares de grupos políticos, partidos, individuos, asociaciones, grupos sociales o económicos, sino que efectivamente permite encuentros plurales, participativos y por ende enriquecedores, que benefician a todos los ciudadanos por igual.
Le Corbusier. A propósito del urbanismo. 1980. pp.11
Los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

Imágenes: Obra de Teodoro Cano, libre circulación en la red.

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